El delito de abandono de familia por absentismo escolar | Caleta Abogados

El delito de abandono de familia por absentismo escolar

El delito de abandono de familia por absentismo escolar. La garantía de los derechos e intereses de los menores en todo lo relativo a su aspecto educacional, está siendo una cuestión prioritaria para los distintos estamentos que velan por su respeto y cumplimiento, tales como la fiscalía de menores, asuntos sociales, así como los distintos centros educativos (colegios, institutos…)

Por ello, no es de extrañar que cada vez con más frecuencia se incoen procedimientos penales contra progenitores porque los mismos han desatendido sus obligaciones con los hijos menores en lo que se refiere a su asistencia a clase, dando lugar a un grave absentismo escolar.

Es por ello, por lo que ese hecho puede ser objeto de condena por un delito de abandono de familia.

Veamos más características de ese delito.

delitos

Características del delito de abandono de familia por absentismo escolar

Para catalogar los hechos en cada caso, debemos de valorar las circunstancias que han dado lugar a ese absentismo escolar.

Primero. – Tipo penal

El artículo 226.1 CP que señala como autor del delito de abandono de familia al que deja de cumplir sus deberes legales de asistencia derivados de la patria potestad, tutela o acogimiento o de prestar la asistencia necesaria legalmente establecida para sus descendientes, ascendientes o cónyuge.

Por lo tanto, dentro de esos deberes legales para con los descendientes puede estar perfectamente la obligación de los padres de velar que sus hijos acudan a clase.

Segundo. – Absentismo escolar grave

En la práctica, lo habitual todavía es que ese absentismo escolar no dé lugar a la imputación de un delito de abandono de familia, ya que dicha cuestión suele resolverse con la amenaza de medidas de carácter administrativo por parte de los distintos organismos de asuntos sociales, como puede ser la retirada temporal de la guarda y custodia de los menores a los progenitores.

No obstante, cuando dicho absentismo escolar es especialmente grave y se ha producido tras numerosos avisos por parte del centro escolar correspondiente, ese hecho puede ser causa de un delito de abandono de familia

Respecto al cómputo de faltas a clase, la poca jurisprudencia que aún existe sobre este delito de abandono, hacen referencia a casos graves de más del 70% en un solo trimestre.

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Tercero. – Voluntad de desatención por los progenitores

La conducta delictiva que en este tipo delictivo seria condenable no es propiamente el absentismo escolar, sino más bien la desatención de los progenitores con respecto a la asistencia de los menores a clase.

Por lo tanto, cuando ha existido voluntad o intención de los progenitores de que los menores en cuestión no acudan al colegio, si podríamos considerar que dicho comportamiento puede ser catalogado como un delito de abandono de familia

Sin embargo, si la causa, por tanto, no fue una dejadez de los padres, sino más bien una mala gestión de estos a la hora de abordar la actitud del menor con respecto a trayectoria estudiantil, lo cierto es que habría posibilidades de absolución por dicho delito.

Esto último es muy habitual en aquellos casos en los que es el propio menor el que, previo engaño a sus padres, evita ir a clase, permaneciendo en otros lugares durante las horas lectivas. Si bien los progenitores deben demostrar su interés de que el menor asista a clase, no es menos cierto que llegada a una edad, es sumamente complicado controlar todos y cada de los actos que realiza el menor, lo que podría fundamentar la absolución por dicho delito.

Por lo tanto, podemos apreciar como este tipo delictivo es fácilmente interpretable según las circunstancias, por lo que habrá que estar a cada caso concreto para determinar las verdaderas posibilidades de condena o absolución.

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Pablo Salmerón Sabador

Abogado
Más de 10 años de experiencia en Juzgados y Tribunales.
Especialista en derecho de familia, accidentes de tráfico y derecho penal.
Pablo Salmerón Sabador

Pablo Salmerón Sabador

Abogado Más de 10 años de experiencia en Juzgados y Tribunales. Especialista en derecho de familia, accidentes de tráfico y derecho penal.