Las 2 posibilidades de reclamación por la manipulación del cuentakilómetros en la compraventa de un vehículo

Las 2 posibilidades de reclamación por la manipulación del cuentakilómetros en la compraventa de un vehículo

Es cada vez más frecuente que en Caleta Abogados nos lleguen reclamaciones por compradores de vehículos de segundo mano que no están conformes con el estado del mismo o que éste no se adecua a lo que inicialmente les dijeron que les iban a vender.

Aunque normalmente esa disconformidad viene relacionada con aspectos mecánicos del vehículo, en otras ocasiones se produce una alteración por el vendedor de algún elemento esencial del mismo: es el caso de la manipulación o alteración voluntaria del cuentakilómetros.

Ello supone en muchas ocasiones que se haya transferido un vehículo con muchos más kilómetros de los que el vendedor suele decir, lo que causa un perjuicio económico directo al comprador, ya que adquiere un vehículo por mas precio del que seguramente debería tener con ese número de kilómetros.

Existe aún mucha controversia al respecto. ¿Qué opciones tenemos para reclamar por este elemento? ¿Procede una denuncia penal por un delito o es más bien una cuestión de civil?

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Las 2 vías de reclamación existentes

Con carácter previo a elegir la correspondiente vía para la reclamación, debemos de recabar pruebas contundentes que acrediten la manipulación por parte del vendedor del cuentakilómetros a la que nos referimos. Para ello, es conveniente llevar a cabo 2 pasos esenciales:

  • Comprobar el numero de km a través de la información que existe del vehículo en los organismos oficiales (Dirección General de Tráfico, ITV…)
  • Llevar el vehículo a un centro mecánico especializado para que nos certifique el numero de km que tiene el mismo

Una vez que se tenga prueba de ello y que exista certeza de ese hecho, se deben iniciar los trámites para la reclamación.

Según las pretensiones que persiga el perjudicado, entenderemos que vía se adecuará más.

1.- Demanda civil por vicios ocultos

Con anterioridad, ya hablamos de la reclamación por vicios ocultos de un vehículo de segunda mano en este otro artículo, al cual nos remitimos.

El caso de la variación o manipulación del cuentakilómetros puede ser perfectamente entendido como un vicio oculto del vehículo, ya que era un “fallo” o “defecto” que presentaba el mismo en el momento de la compraventa, y totalmente desconocido por el comprador, ya que el mismo no tenía forma de conocer en ese momento que el numero de km que marcaba el vehículo (y, por ende, que se establece en el contrato) no se ajustaba a la realidad.

De esta forma, está adquiriendo un vehículo con una característica que, de haberlo sabido, o bien no lo hubiese adquirido o bien hubiese solicitado una rebaja del precio pactado.

Si bien no impide el funcionamiento normal del vehiculo, por otro lado, si podria ser considerado un incumplimiento contractual del vendedor, y por consiguiente, de las obligaciones reciprocas derivadas del contrato, según dispone el articulo 1124 del Codigo Civil.

Tratándose de un elemento que, en circunstancias normales, no puede ser objeto de reparación (no es un fallo mecánico), el ejercicio de la acción civil por medio de demanda con abogado deberá suponer el desistimiento o resolución del contrato por parte del comprador, con devolución de todas las cantidades abonadas en la compraventa más gastos originados por la operación.

Según el caso, se podría reclamar a parte de esto, daños y perjuicios por dicho incumplimiento

2.- Denuncia penal por un delito de estafa

A pesar de que existen voces disconformes al respecto, cada vez con más frecuencia se dictan sentencias penales condenatorias por este hecho.

Si bien por ahora no hay una normak o legislación que haga referencia a este tipo de manipulaciones, a nuestro juicio se trata de una modalidad del delito de estafa.

Si lo analizamos, nos encontramos con un supuesto en el que ha habido por parte del vendedor una variación de un elemento fundamental del vehículo con el objeto de inducir al engaño del comprador y por lo tanto provocar su error.

Y ello se ha traduce en un beneficio económico para el vendedor (por lo tanto, hay ánimo de lucro) ya que ha transmitido un bien seguramente por un precio muy superior al que debía tener a efectos de mercado con los km reales.

Por otro lado, tenemos al comprador, el cual se ha visto perjudicado económica o patrimonialmente, ya que ha abonado un precio superior al que hubiese sido justo según los km existentes.

Por eso, manifestamos que puede ser perfectamente encuadrable en el tipo penal del delito de estafa, ya que se dan todos los elementos para ello.

No obstante, la clave para que finalmente se dicte una sentencia condenatoria es poder acreditar sin ningún género de duda, que fue el vendedor el que voluntaria y conscientemente (lo que se llama en derecho “dolo”), alteró el cuentakilómetros para inducir al error de la otra parte y de esta forma, lucrarse económicamente.

Y es que, en muchas ocasiones, el vendedor alega el desconocimiento de dicha circunstancia, remitiendo la responsabilidad a la persona anterior que se lo vendió a él.

En lo que respecta a las consecuencias penales de la comisión de ese hecho, supondría la imposición de una condena de prisión (lo normal en este caso) o multa, dependiendo del importe defraudado, así como la obligación de resarcir económicamente al comprador con un importe en concepto de daños y perjuicios.

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En definitiva, habrá que valorar cada caso para elegir que vía se adapta mejor a las pretensiones del comprador ante ese hecho.

Si has sido causante o víctima de dicha situación, no le dudes y confía en nosotros para asesorarte sobre tus posibilidades.

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Pablo Salmerón Sabador

Abogado
Más de 10 años de experiencia en Juzgados y Tribunales.
Especialista en derecho de familia, accidentes de tráfico y derecho penal.
Pablo Salmerón Sabador

Pablo Salmerón Sabador

Abogado Más de 10 años de experiencia en Juzgados y Tribunales. Especialista en derecho de familia, accidentes de tráfico y derecho penal.