4 pasos para iniciar un divorcio | Caleta Abogados

4 pasos para iniciar un divorcio

Cuando una bien una pareja o bien uno de los integrantes de la misma toma la decisión de divorciarse (o simplemente, de romper la relación en el caso de que no estén casados), es necesario iniciar una serie de pasos que no siempre son conocidos por las partes.

Ello crea cierta inseguridad que provoca en ocasiones que los pasos previos no sean los más adecuados para los interese de cada uno de los cónyuges.

Pasos básicos iniciales

Nos referiremos únicamente a aquellos que ha de hacerse con carácter previo a iniciar el procedimiento judicial.

Hay que saber que ese procedimiento se podrá iniciar siempre y cuando hayan transcurrido al menos 3 meses desde la fecha de celebración del matrimonio.

Sin embargo,no será necesario respetar este plazo en caso de que se acredite la existencia de riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge que solicita la separación, de los hijos de ambos o de cualquiera de los miembros del matrimonio

Primero. – Comunicar la decisión divorcio o separación al otro cónyuge:

Cuando uno de los cónyuges o los dos toman la decisión de la ruptura, es demasiado habitual que la ya ex pareja, ya sea por dejadez, pasividad o falta de iniciativa de afrontar la nueva situación, permita que transcurra un tiempo sin estar separados legal o judicialmente, solo de hecho (en la práctica).

En definitiva, se ha dejado de lado el inicio de los pasos legales para formalizar la ruptura.

Aun siendo conocedores de la complejidad emocional que supone iniciar los pasos legales para el divorcio, desde Caleta Abogados desaconsejamos encarecidamente el retraso en esa toma de decisiones, por todas las consecuencias y problemática que en la práctica ello conlleva.

Y es que cuestiones como de qué forma se contribuye con el mantenimiento económico de los hijos nacidos de la pareja, quién se queda con los hijos menores, quién sigue haciendo uso de la vivienda familiar, qué pasa con el pago de la hipoteca y demás cargas del matrimonio… quedan muy en el aire hasta la formalización del divorcio.

Segundo. – Contar con los servicios de un abogado especialista

En España, la declaración legal de separación o divorcio (salvo casos muy concretos que se pueden hacer por medio de notario) ha de hacerse judicialmente por medio de demanda con abogado y procurador ante el Juzgado al que pertenezca la última vivienda familiar.

Un buen asesoramiento jurídico en este tipo de materias que diariamente son objeto de cambios y actualizaciones, se convierte en algo no solo recomendable sino imprescindible, si se desea garantizar los intereses de cada una de las partes, y lo que es más importante, de los menores nacidos de la pareja.

Un mal asesoramiento, una estrategia equivocada o directamente una información falsa sobre los derechos de las partes al inicio del procedimiento, puede suponer que obtengamos una Sentencia que no responda a nuestras pretensiones y lo que es peor, que sus efectos se lleven arrastrando durante mucho tiempo en el momento en el que se pongan en práctica las medidas que se establezcan.

Las opciones de éxito de cada una de las partes dependen de sus circunstancias y de la forma en la que se utilicen las mismas en un procedimiento judicial. De ahí la importancia del papel del abogado.

Tercero. – Elegir el tipo de procedimiento judicial

Hay dos tipos de procedimientos:

– Mutuo acuerdo:

La ya ex pareja ha llegado a un entendimiento sobre las medidas que han de establecer.

Desde Caleta Abogados entendemos que este tipo de procedimiento judicial SIEMPRE es más ventajoso y, por ende, más recomendable para los intereses de nuestros clientes, por los siguientes motivos:

– menos sufrimiento para los hijos

-menos conflictividad entre cónyuges

-menor coste económico en abogado y procurador

-mayor rapidez en la tramitación del mismo.

En este caso, la demanda puede ser presentada a nombre de los dos cónyuges o uno con el consentimiento del otro, de manera que con la intervención de un solo abogado y procurador suele bastar.

Se elaborará un convenio regulador, es decir, un documento privado entre ambos cónyuges donde se reflejan todas y cada una de las circunstancias y medidas que afectan al matrimonio y a sus hijos. Y el mismo será aportado junto a la demanda y resto de documentos preceptivos.

Una vez realizada la ratificación, y previo visto bueno del fiscal en caso de que haya menores, se dictará Sentencia que aprobará las medidas reflejadas en el convenio.

-Proceso contencioso:

En este caso, las partes no han llegado a un acuerdo en relación a algunas de las medidas y circunstancias que afectan al matrimonio, por lo que requieren y necesitan que sea un Juzgado el que decida dichas cuestiones.

Cualquiera de los dos cónyuges puede interponer demanda contra el otro en la que se pedirá la fijación de las medidas que crean convenientes, así como los motivos y documentos en las que base sus alegaciones. En este caso, obviamente ya no es necesario aportar convenio regulador, ya que el acuerdo es inviable.

La tramitación del juzgado, los plazos, la complejidad del procedimiento, el coste de los profesionales que intervienen… hacen que este proceso sea más difícil, más costoso, más largo y más conflictivo para las partes.

Una vez presentada la demanda, la misma será notificada al otro cónyuge, al cual se le otorgará un plazo de tiempo para presentar sus alegaciones al respecto y solicitar igualmente sus medidas.

Si no se llega a un acuerdo entre medias, habrá que celebrar juicio en el que las partes pondrán de manifiestos sus pretensiones y sus motivos, resolviendo el Juez por medio de Sentencia que igualmente es susceptible de ser recurrida, lo que alarga aún más el procedimiento.

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Cuarto. – Reunir la documentación necesaria para iniciar el trámite legal

Una vez decidido por las partes el tipo de procedimiento de divorcio que pretenden afrontar, solo faltará la fase de reunir la documentación necesaria que ha de acompañar a la demanda correspondiente.

Determinada documentación es común para ambos procedimientos (certificado de matrimonio, certificado de nacimiento de los hijos nacidos de la pareja…).

Mientras que en los casos de divorcio contencioso o sin acuerdo, la documentación a aportar dependerá de las circunstancias de cada una de las partes. Lo importante es que las mismas no hagan sino acreditar o fundamentar sus pretensiones en el procedimiento.

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José Ramón Salmerón Sabador

Abogado
Especialista en derecho de familia, arrendamientos y reclamaciones bancarias
Más 20 años de ejercicio profesional.
Máster en Derecho de propiedad Intelectual
Máster en SEO
Tutor externo Universidad de Granada

José Ramón Salmerón Sabador

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