Pasos básicos de un peatón o ciclista para la reclamación de la indemnización por las lesiones causadas en un atropello | Caleta Abogados

Pasos básicos de un peatón o ciclista para la reclamación de la indemnización por las lesiones causadas en un atropello

Si decimos que en todo accidente de tráfico hay que realizar una serie de pasos básicos que garanticen la reclamación de la indemnización por las lesiones, cuando la víctima es un peatón hay que ser aún más precavido por las circunstancias en las que se suele desarrollar el siniestro.

Ello también es aplicable a los casos de atropello de ciclistas.

Supuestos en caso de atropello de un peatón o ciclista

No todo atropello es igual ni tiene las mismas consecuencias. Es decir, estas últimas dependerán de como se ha producido el mismo.

Destacamos 3 supuestos que pueden ocurrir:

Primero. – Culpa exclusiva del peatón o ciclista en el atropello

Si la responsabilidad del atropello ha sido exclusivamente del peatón (o del ciclista) de manera que el vehículo no haya podido evitarlo y cumplía con todas las garantías en su circulación, en ese caso, con carácter general, la víctima NO tendrá derecho a la indemnización de las lesiones por parte del vehículo causante.

Son los casos en los que el peatón cruza por un sitio indebido o sin respetar las señales de tráfico (semáforo).

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Segundo. – Concurrencia de culpa entre peatón o ciclista y vehículo

En este caso, si bien existe responsabilidad de la víctima, el conductor del vehículo, por su parte, podría haber evitado el accidente. Por ello, el peatón o ciclista tendrá derecho a la indemnización de sus lesiones, pero dicha indemnización será reducida un tanto por ciento debido a la concurrencia de culpas.

Un ejemplo de ello son aquellos casos en los que el peatón es atropellado en un paso de peatones cuando iba subido en una bicicleta. O bien, cuando el peatón cruzó por un sitio indebido pero el vehículo circulaba con exceso de velocidad.

Tercero. – Culpa exclusiva del conductor del vehículo

Es el caso al que nos vamos a referir en el presente artículo. Cuando no exista ninguna circunstancia achacable al peatón en lo que concierne a la producción del accidente, entonces tendrá derecho a que se le indemnice totalmente las lesiones causadas, así como posibles secuelas y otros conceptos indemnizables (daños emergentes, lucro cesante…)

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¿Qué hay que hacer para la reclamación de la indemnización por el accidente?

Destacamos una serie de pasos básicos que garantizaran siempre que el derecho del peatón o ciclista a ser indemnizado, sea satisfecho.

Primero. – Determinación de la culpabilidad del accidente

Cuando un peatón o ciclista es atropellado, determinar las circunstancias en las que se ha producido el atropello es de vital importancia.

Por ello, además de recabar la presencia de asistencia sanitaria en caso de lesiones de gravedad, es muy importante requerir la presencia policial a fin de que levanten atestado del siniestro.

En ese contexto será también clave la presencia de testigos que puedan relatar cómo se ha producido el accidente, así como la toma de fotografías que acrediten los hechos.

Por último, obviamente es imprescindible contar con los datos del conductor del vehículo, así como los de su seguro.

Es más, lo habitual es que dicho conductor sea sometido a la prueba de control de alcoholemia. Si la ingesta de alcohol supera el límite considerado como delito, el procedimiento se tramitará a judicialmente.

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Segundo. – Determinación de las lesiones

A continuación de la producción del sinestro, el peatón o ciclista habrá de acudir a un centro hospitalario a fin de que se determinen que lesiones tiene, se someta a pruebas y se expida el correspondiente parte médico con el que se pueda acreditar el perjuicio sufrido.

Es importante que en el motivo de la consulta se refleje el atropello, y a ser posible, como se ha producido.

Tercero. – Asesoramiento por un abogado especialista

En estos casos, más que nunca, se ha de contar con el asesoramiento de un abogado especialista en la materia.

No hay que perder de vista que en esta ocasión el peatón o ciclista no podrá contar con el asesoramiento jurídico de una compañía aseguradora, como si ocurre en los accidentes entre vehículos, ya que como peatón o ciclista no hay seguro que le cubra esos derechos.

A este respecto, en ocasiones existen seguros de hogar que cubren este tipo de incidencias por parte de los habitantes de la vivienda, aunque no es lo habitual. Si así lo fuera, los honorarios del abogado serán sufragados por dicho seguro hasta el limite establecido en la póliza.

Sea como fuere, para la reclamación de las lesiones se debe contar con los servicios de un abogado. De lo contrario, NADIE va a mirar por los derechos e intereses de la víctima.

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Cuarto. – Recuperación y rehabilitación de las lesiones

Una vez determinadas las lesiones, se ha de proceder a iniciar el periodo de recuperación de las mismas.

Dicho proceso es el que va a influir en el importe de la indemnización.

Igualmente, durante dicho periodo habrá que determinar otros conceptos que también sean reclamables como por ejemplo los ingresos que ha dejado de ganar la víctima en su trabajo, los gastos que ha tenido que afrontar como consecuencia de la recuperación, el importe de los daños materiales causados en el siniestro (ropa, móvil, gafas, bicicleta…), etc.

Así mismo, durante este tiempo de recuperación, lo habitual que es la victima sea objeto de seguimiento por parte de los servicios médicos del seguro responsable a fin de valorar la evolución de las lesiones.

Quinto. – Reclamación previa al seguro responsable

Una vez recuperada totalmente, o bien, una vez alcanzado su estabilidad lesional, legalmente, la víctima de un accidente de trafico debe de interponer la correspondiente reclamación previa extrajudicial ante el seguro responsable del siniestro. De ahí la importancia del asesoramiento de un abogado especialista.

Interpuesta la reclamación y aportada toda la documentación acreditativa del siniestro y de las lesiones y posibles secuelas, el seguro responsable tendrá 3 meses para la realización de la oferta de indemnización acompañada del informe médico definitivo.

Si la misma es aceptada, previa comprobación por el abogado especialista, en el plazo de 5 días hábiles se abonará el importe en la cuenta bancaria de la víctima.

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¿Has sido víctima de un atropello y aun no cuentas con el asesoramiento de un abogado especialista? En ese caso, es muy probable que no estés dando los pasos adecuados para la reclamación o que tus derechos estén siendo perjudicados.

En Caleta Abogados te aseguramos un asesoramiento integral, desde la producción del accidente hasta la obtención de la indemnización.

Así mismo, te ofrecemos rehabilitación psicoterapeuta TOTALMENTE GRATIS, y hacernos cargo de toda la tramitación de tu reclamación ante la compañía aseguradora.

No tendrás que hacer nada por tu parte. Solo centrarte en recuperarte de tus lesiones.

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Pablo Salmerón Sabador

Abogado
Más de 10 años de experiencia en Juzgados y Tribunales.
Especialista en derecho de familia, accidentes de tráfico y derecho penal.
Pablo Salmerón Sabador

Pablo Salmerón Sabador

Abogado Más de 10 años de experiencia en Juzgados y Tribunales. Especialista en derecho de familia, accidentes de tráfico y derecho penal.