¿Qué hacer en caso de desacuerdo con la oferta de indemnización de la compañía aseguradora en accidente de tráfico?

¿Qué hacer en caso de desacuerdo con la oferta de indemnización de la compañía aseguradora en accidente de tráfico?

Tras la recuperación de la víctima por las lesiones sufridas en un accidente de tráfico, es muy habitual que la misma esté en desacuerdo con la oferta de indemnización realizada por la compañía aseguradora responsable del siniestro.

Dicho desacuerdo puede venir derivado por varios motivos: que no se haya valorado todo el tiempo de convalecencia o que la valoración no se haya ajustado a la realidad (días de perjuicio personal básico, días de perjuicio personal particular…), que no se hayan valorado determinadas lesiones sufridas, que no se hayan tenido en cuenta ciertas secuelas o que la valoración de las mismas no correspondan con las realmente sufridas….

En definitiva, ello supondrá que la oferta económica sea bastante inferior a las pretensiones del lesionado.

Por ello, debemos conocer qué posibilidades tiene la víctima para hacer valer sus derechos ante el seguro.

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Pasos básicos previos a la realización de la oferta

Partimos de la base de que, llegados a este punto, ya se habrán dado los siguientes pasos, en este orden:

  • El lesionado fue víctima de un accidente y comunicó a su compañía aseguradora el siniestro, cuya responsabilidad fue aceptada por el seguro responsable
  • Se contó con el asesoramiento legal adecuado de cara a iniciar los trámites de la reclamación
  • Se determinaron las lesiones que sufre la víctima y se sometió al correspondiente proceso de rehabilitación para su recuperación
  • La víctima se ha recuperado totalmente de sus lesiones o bien, ha alcanzado la estabilidad lesional (es decir, que no va a obtener más mejoría)
  • Las lesiones sufridas por la victima han sido objeto de valoración y seguimiento por parte de los servicios médicos de la compañía aseguradora responsable
  • Se ha realizado la correspondiente reclamación previa de indemnización al seguro responsable

Y una vez llegado a este momento, el seguro emite una oferta de indemnización, basada en el informe médico definitivo, con la que el lesionado está en desacuerdo.

¿Qué hacer ahora? ¿Cómo actuar? 

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Posibilidades a efectos de reclamación judicial 

La respuesta a ello la tenemos en el artículo 7 de la Ley de responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, si bien el mismo no está exento de confusión.

Contamos con las siguientes posibilidades:

Primero. – Nueva valoración de un médico forense, previo acuerdo con el seguro 

Dicha opción la consideramos en la práctica bastante utópica. Y es que, si la compañía aseguradora ha emitido dicha oferta es porque entiende que es la correcta o bien, la que más se ajusta al perjuicio sufrido por el lesionado.

Por ello, es difícil de aceptar que en caso de que el lesionado se muestre contrario a la oferta, el seguro este de acuerdo a que el mismo se someta a una nueva valoración médica.

¿Por qué motivo? Porque puede existir el riesgo de que dicha valoración objetiva sea superior a la del seguro.

Normalmente, la compañía aseguradora se mantiene en su trece, salvo que en la oferta haya mediado algún error material. Es decir, instan al lesionado a que acepte dicha oferta o bien que tome las medidas en base a las cuales haga valer sus derechos indemnizatorios.

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Segundo. –  Que el lesionado se someta a la valoración del Instituto de Medicina Legal, sin acuerdo o consentimiento del seguro 

El articulo 7 prevé que, en caso de desacuerdo, el lesionado puede pedir informes médicos periciales complementarios al Instituto de Medicina Legal de la localidad en cuestión, a costa del seguro, aunque no haya consentimiento de este, y siempre que dicho forense no haya intervenido previamente.

En ese caso, dicho forense (el que toque) recabará del propio seguro toda la documentación medica del lesionado, y tras valorar la misma y al propio lesionado, emitirá informe.

Pese al carácter gratuito, por nuestra parte existe bastante recelo con dichas valoraciones. Y es que la valoración de lesiones derivadas de accidentes de tráfico requiere de una especialización y dominio de la materia a fin de que el informe se ajuste totalmente a la realidad del lesionado.

Y a dicho respecto, con carácter general solemos apreciar ciertas deficiencias en las valoraciones realizadas por dichos profesionales: computo de los días, puntuación de las secuelas…. 

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Tercero. – Valoración por un perito médico forense privado 

Es sin duda la opción que, según nuestra experiencia, resulta más fiable, si bien todo dependerá de cada caso concreto.

El articulo 7 permite también la aportación de valoración medicas complementarias a costa del lesionado.

Pero pese a ello, dicha posibilidad ofrece una serie de ventajas evidentes:

  • Reducción de los plazos para ejercer la reclamación: El lesionado puede someterse en cualquier momento a la valoración médica de dicho perito, sin ni siquiera esperar a que el seguro haga la oferta motivada o ser llamado por el médico forense del Instituto de Medicina Legal. Ello se traduce en que, cuanto antes se tenga dicha valoración, antes se podrá realizar la reclamación.
  • Favorecimiento de los intereses del lesionado: Al tratarse de un perito privado, es más viable que el mismo se ajuste más a las pretensiones del lesionado. Si bien, por nuestra parte recomendamos que dicho profesional únicamente valore lo que corresponda a la realidad y lo que se pueda defender en un Juzgado
  • Ratificación del informe en Juicio: La contratación de dicho profesional no solo se limita a la emisión del informe, sino que el mismo deberá de ratificar su contenido en caso de Juicio, de manera que contamos con la seguridad que se convertirá en una prueba a favor de las pretensiones de la victima

Con independencia, de la opción que se elija, esa valoración médica complementaria deberá ser facilitada a la compañía aseguradora a fin de que en el plazo de un mes pueda emitir una nueva oferta, reconsiderando la anterior.

En caso de que se mantenga la misma, ya se deberá de iniciar la reclamación por la vía judicial.

¿No estas de acuerdo con la oferta de indemnización que te ha hecho el seguro? Ponte en contacto con nosotros sin compromiso ninguno. Te informaremos, según tu caso, de los pasos que debes dar para garantizar la máxima indemnizacion.

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Pablo Salmerón Sabador

Abogado
Más de 10 años de experiencia en Juzgados y Tribunales.
Especialista en derecho de familia, accidentes de tráfico y derecho penal.
Pablo Salmerón Sabador

Pablo Salmerón Sabador

Abogado Más de 10 años de experiencia en Juzgados y Tribunales. Especialista en derecho de familia, accidentes de tráfico y derecho penal.