La Custodia compartida ¿supone la extinción automática de la obligación del pago de pensión de alimentos? | Caleta Abogados

La Custodia compartida ¿supone la extinción automática de la obligación del pago de pensión de alimentos?

Socialmente, se relaciona la fijación de una custodia compartida con la extinción automática de la obligación del pago de pensión de alimentos a favor de los hijos nacidos de la pareja.

De esta forma, cada uno de los progenitores suele hacer frente a los gastos ocasionados por los menores durante los respectivos periodos de estancia.

Esa es la teoría, pero otra cosa es la práctica.

Y es que, como aconsejamos siempre en Caleta Abogados, hay que valorar cada caso concreto y cuando las circunstancias lo hagan necesario, es posible reclamar el abono de la pensión de alimentos a pesar de la fijación de la custodia compartida.

¿Quieres sabes cuáles son esas circunstancias? En Caleta Abogados te lo explicamos.

Criterios para la fijación de pensión de alimentos en caso de custodia compartida

Mediante Sentencia de 11 de Febrero de 2016, el Tribunal Supremo estableció, básicamente, los siguientes:

Primero. – Desequilibrio económico entre progenitores

No nos referimos a que simplemente uno cuente con más ingresos que el otro, sino que ese desequilibrio económico debe afectar directamente a la capacidad del progenitor con peor fortuna para que este pueda cubrir las necesidades básicas del menor durante el periodo de estancia con esa persona.

Normalmente se trata de situaciones de desempleo, de percepción de ingresos mínimos, de incapacidades o ayudas… que no le permiten a dicho progenitor hacer frente a las necesidades más básicas del menor.

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Segundo. – Posibilidades de cambio de la situación económica precaria

Para plantear la fijación de esa pensión de alimentos a pesar de la existencia de la custodia compartida hay que analizar las circunstancias del progenitor precario, sobretodo si su situación tiene reales posibilidades de mejora o si, por el contrario, se entiende que dichas circunstancias van a tener prácticamente carácter permanente.

Es decir, si se entiende que esa situación económica tiene solo carácter temporal y que puede ser objeto de mejora a corto plazo, entonces no daría lugar a la pensión de alimentos.

Si, por el contrario, las circunstancias personales (por ejemplo, incapacidad, enfermedad…) de dicho progenitor le van a impedir con seguridad optar a unos mayores ingresos, sí se puede plantear la fijación de alimentos.

Tercero. – La pensión de alimentos no puede estar sujeta a condiciones temporales de los progenitores

El Tribunal Supremo no es partidario de que, una vez que se fije una pensión de alimentos a pesar de la existencia de custodia compartida, la misma esté condicionada temporalmente a las circunstancias de los progenitores.

Lo normal es que la misma quede fijada y que en caso de que mejoren esas condiciones, se proceda a su extinción por medio del correspondiente procedimiento judicial de modificación de medidas.

Cuarto. – Preeminencia del bienestar del menor

La razón que motiva la fijación de pensión de alimentos a pesar de la existencia de custodia compartida no es otra que garantizar el interés y bienestar del menor.

Por ello, aunque pueda suponer un exceso de gasto para el progenitor obligado a prestar dichos alimentos, ya que el mismo tiene que hacer frente a esa cantidad más los gastos propios de su periodo de estancia con el menor, se ha de entender que en casos en los que no están asegurados los gastos de mínimos de mantenimiento del menor (comida, ropa, calzado…), se ha de fijar un importe en concepto de pensión que de alguna forma compense esa cuestión.

En este caso, el interés del menor está por encima del interés personal y económico del progenitor obligado.

Por ello, si te encuentras en esta situación, debes hacer valer tus posibilidades para que las necesidades de tu hijo se encuentren completamente cubiertas. No pierdas mas el tiempo y soluciona dicha cuestión. Cuenta con Caleta Abogados. Somos abogados especialistas.

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Pablo Salmerón Sabador

Abogado
Más de 10 años de experiencia en Juzgados y Tribunales.
Especialista en derecho de familia, accidentes de tráfico y derecho penal.
Pablo Salmerón Sabador

Pablo Salmerón Sabador

Abogado Más de 10 años de experiencia en Juzgados y Tribunales. Especialista en derecho de familia, accidentes de tráfico y derecho penal.